RETRIBUCIONES
Los miembros de la Junta de Gobierno no perciben retribución por el desempeño de sus funciones ni tampoco indemnización por el abandono o cese en sus cargos.
Por la asistencia a actos institucionales propios de sus funciones pueden percibir una dieta y los gastos de desplazamiento.
Última actualización 11/07/2022