Legislación y Jurisprudencia
(36-2024)
LEGISLACIÓN:
Europa
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Instrumento de ratificación del Convenio del Consejo de Europa sobre manipulación de competiciones deportivas, hecho en Magglingen/Macolin (Suiza) el 18 de septiembre de 2014.
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Directiva (UE) 2024/2881 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, sobre la calidad del aire ambiente y a una atmósfera más limpia en Europa, (versión refundida).
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Reglamento (UE) 2024/2865 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, por el que se modifica el Reglamento (CE) nº 1272/2008 sobre clasificación, etiquetado y envasado de sustancias y mezclas.
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REGLAMENTO (UE) 2024/2847 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de octubre de 2024 relativo a los requisitos horizontales de ciberseguridad para los productos con elementos digitales y por el que se modifica el Reglamento (UE) n.o 168/2013 y el Reglamento (UE) 2019/1020 y la Directiva (UE) 2020/1828 (Reglamento de Ciberresiliencia)
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Reglamento de Ejecución (UE) 2024/2887 de la Comisión, de 15 de noviembre de 2024, por el que se especifican los datos técnicos del conjunto de datos para el tema ad hoc de 2026 sobre el empleo en plataformas digitales en el ámbito de la población activa, de conformidad con el Reglamento (UE) 2019/1700 del Parlamento Europeo y del Consejo.
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Directiva (UE) 2024/2853 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, sobre responsabilidad por los daños causados por productos defectuosos y por la que se deroga la Directiva 85/374/CEE del Consejo.
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Directiva (UE) 2024/2823 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 23 de octubre de 2024, sobre la protección jurídica de los dibujos y modelos (versión refundida).
Estatal
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Real Decreto 1154/2024, de 19 de noviembre, por el que se regula la expedición del pasaporte provisional y del salvoconducto
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Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
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Orden PJC/1290/2024, de 13 de noviembre, por la que se publica el Acuerdo del Consejo de Seguridad Nacional por el que se crea y regula el Comité Especializado contra el Crimen Organizado y la Delincuencia Grave
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Orden TES/1291/2024, de 13 de noviembre, por la que se regula el Registro Electrónico de apoderamientos de la Inspección de Trabajo y Seguridad Social.
Autonómico
JURISPRUDENCIA:
Canarias: últimas sentencias publicadas
Penal:
Civil:
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Formación de inventario. Indemnización por despido. Momento de disolución de la sociedad de gananciales. Recurso extraordinario por infracción procesal. Se desestima. El recurso carece de fundamento, ya que lo que plantea no es una cuestión de hecho, sino de Derecho. Recurso de casación. Se estima. Se ha puesto de manifiesto que la separación de hecho que se produjo entre los litigantes en noviembre de 2013 no solo fue personal y afectiva. Supuso, además, una separación económica real, con una desvinculación patrimonial clara y significativa.
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Derecho de rectificación ejercitado respecto del titular del artículo periodístico, que tiene una finalidad crítica o de opinión. Improcedencia.
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Compraventa de vivienda sobre plano. Ley 57/1968. Adquisición con finalidad residencial. La póliza inicialmente suscrita para garantizar las cantidades entregadas a cuenta fue dejada sin efecto y devuelta la prima, pasando a estar cubiertos los compradores por una línea de avales.
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Acción negatoria de servidumbre. Deber de congruencia de la sentencia. Inexistencia de título en la parte demandada. Interpretación de los contratos
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Contrato de distribución. Desistimiento unilateral del distribuidor. Aplicación de la cláusula indemnizatoria prevista para dicha circunstancia. Improcedencia de su moderación, al estar expresamente pactada como "precio" de la desvinculación contractual ad nutum.
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Discapacidad. Necesidad de establecer medidas judiciales de apoyo (curatela) en un supuesto en el que la persona que las requiere había otorgado, con anterioridad a la vigencia de la Ley 8/2021, de 2 de junio, sobre derechos de las personas con discapacidad, un poder general con cláusula de subsistencia para el caso de discapacidad. Artículo 259 CC y disposición transitoria 3.ª de la Ley 8/2021, de 2 de junio.
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2ª Oportunidad: exclusión de los créditos públicos
Social:
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Despido disciplinario por comer producto retirado para la venta, considerado falta muy grave. Conducta imputada al trabajador constitutiva de falta grave: producto sin valor de mercado o ínfimo. Hecho excepcional, puntual y esporádico: mera desobediencia a sus superiores.
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El TSJ Madrid estima que no es lógico exigir la inscripción de la pareja de hecho para cobrar pensión de viudedad a partir de la reforma de la LGSS por RDL 2/2024
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DESPIDO DISCIPLINARIO. Decisión empresarial extintiva sin previa audiencia del trabajador. No deberá darse por terminada la relación de trabajo de un trabajador por motivos relacionados con su conducta o su rendimiento antes de que se le haya ofrecido la posibilidad de defenderse de los cargos formulados contra él, a menos que no pueda pedirse razonablemente al empleador que le conceda esta posibilidad, tal y como dispone el art. 7 del Convenio núm. 158 de la OIT. En el caso que se resuelve, siendo el despido acaecido bajo doctrina acuñada con anterioridad era razonable que el empresario no activara una exigencia que se consideraba no exigible. Rectifica doctrina.
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IBERIA. Personal de tierra. Indemnidad salarial en caso de sucesión de empresas: plus de transporte. Reitera doctrina establecida en STS 879/2020, de 8 de octubre - Rcud. 2325/2018-, y STS 264/2023, de 12 de abril -Rcud. 2245/2020-.
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MODIFICACIÓN SUSTANCIAL DE CONDICIONES DE TRABAJO. Lo es la instrucción de la empresa sobre procedimiento de modificación de asignación de vacaciones ya que en la misma se altera la duración de las mismas ya que establece que la compensación por los festivos no es total (14 días) como venía siendo, sino que se limita a los festivos que se hubiesen trabajado efectivamente. Nulidad de la medida por no haber seguido el procedimiento del artículo 41 ET. Competencia territorial de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional, dado que la medida modificativa resulta de aplicación a toda la empresa que tiene centros de trabajo en tres comunidades autónomas. Adecuación del procedimiento. Inexistencia de caducidad de la acción. La infracción de pactos de centro de trabajo no tiene cabida en el apartado e) del artículo 207 LRJS que se refiere a infracción de normas jurídicas. Se confirma la sentencia de la Sala de lo Social de la Audiencia Nacional.
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Despido Objetivo por causas económicas al amparo del artículo 52.c) ET. Notificación de la carta de despido a la representación de los trabajadores: momento en que debe producirse tal comunicación. Es válida la comunicación posterior al despido si permite cumplir con la finalidad del precepto. Aplica doctrina STS 484/2023 de 5 julio, Rcud. 105/2022 (ECLI:ES:TS: 2023:3085) y las que la han seguido.
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Demanda de revisión de sentencia que declaró indebida el alta médica. Desestimación. Presentación fuera de plazo: corresponde a la parte demandante determinar con claridad el dies a quo para el cómputo del plazo y acreditar que la demanda se ha interpuesto dentro del mismo, lo que no ha efectuado. Los documentos en los que pretende fundarse la revisión no tienen el carácter de documentos recobrados o decisivos de los que no se hubiese podido disponer, al tratarse de documentos posteriores a la sentencia.
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Sucesión legal de empresa. Responsabilidad solidaria de la nueva empleadora del art. 44.3 ET. Se extiende a las obligaciones pendientes frente a todos los trabajadores de la anterior empresa. Incluidos aquellos en cuyos contratos de trabajo no se ha subrogado, por haberse extinguido la relación laboral conforme a derecho antes de la sucesión. Abarca el recargo de prestaciones de seguridad social y la responsabilidad civil por daños y perjuicios Aplica doctrina.
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Es lícito modificar el lugar de fichaje y computar sólo el tiempo en el que el trabajador se encuentre en su puesto
Administrativo:
Mercantil:
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Defensa de la competencia. Fijación de precios. Decisiones previas de las autoridades de la competencia. Cambio de jurisprudencia de la sala en aplicación de la STJUE de 20 de abril de 2023, C-25/21. Indemnización de daños y perjuicios: falta de correlación entre la conducta infractora y el daño cuya indemnización se solicita. Estimación en parte del recurso de casación.
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Reapertura del concurso de acreedores a instancia de un acreedor para que se ejerciten determinadas acciones de reintegración. El hecho de que el concurso hubiera concluido por insuficiencia de la masa activa, previo informe del administrador concursal de la inexistencia de acciones viables de reintegración, no impide que si más tarde se acuerda la reapertura del concurso al amparo del art. 179.3 LC (a instancia de un acreedor, para que se ejerciten determinadas acciones de reintegración), la administración concursal pueda pedir la reintegración de uno de esos actos de disposición realizados antes del concurso que inicialmente no había considerado fueran susceptibles de impugnación.
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Acción rescisoria concursal dirigida contra la concursada, la sociedad destinataria del acto de disposición objeto de impugnación (la cesión de créditos y un acuerdo de compensación de créditos) y otra sociedad del grupo. Tras la desestimación de la acción en primera instancia, la administración concursal apela la sentencia y, durante la tramitación de la apelación, pide la terminación del procedimiento por carencia sobrevenida de objeto respecto del destinario del acto de disposición (la contraparte del acuerdo contractual objeto de rescisión) por haber alcanzado un acuerdo extrajudicial. La sentencia de apelación, que acuerda esto último, omite cualquier explicación de por qué se mantiene la controversia sobre la rescisión de aquel acuerdo de cesión de créditos y compensación frente a quien no había sido parte en el acuerdo ni podía considerarse que fuera destinataria del acto de disposición del deudor concursado objeto de rescisión. Razón por la cual se aprecia una falta de motivación que impide a esta codemandada conocer por qué se estima la demanda de rescisión frente a ella y se declara la nulidad de la compensación realizada y del acuerdo contractual impugnado, siendo así que formalmente carecía de legitimación pasiva.
Tributario:
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IIVTNU. Examen de los efectos de la inconstitucionalidad de los artículos 107.1, 107.2 a) y 110.4 del texto refundido de la Ley de Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo 2/2004, de 5 de marzo, declarada en la sentencia del Tribunal Constitucional nº 182/2021, dictada el 26 de octubre de 2021.De conformidad con lo dispuesto en la STC 182/2021, de 26 de octubre, las liquidaciones provisionales o definitivas por Impuesto sobre Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana que no hubieran sido impugnadas a la fecha de dictarse dicha sentencia, 26 de octubre de 2021, no podrán ser impugnadas con fundamento en la declaración de inconstitucionalidad efectuada en la misma, al igual que tampoco podrá solicitarse con ese fundamento la rectificación, ex art. 120.3 LGT, de autoliquidaciones respecto a las que aun no se hubiera formulado tal solicitud al tiempo de dictarse la STC 26 de octubre de 2021
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Un órgano jurisdiccional puede anular una sanción impuesta por la comisión de la infracción prevista en el artículo 170.Dos.5ª LIVA, con fundamento en la vulneración del principio de proporcionalidad, sin necesidad de plantear cuestión de inconstitucionalidad.
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IRPF. Ganancia patrimonial. Transmisión onerosa de participaciones en sociedad mercantil. Aplicación de la regla de valoración del art. 37.1.b) de la Ley del IRPF de 2006. No se trata de un supuesto de separación del socio, previsto en el artículo 37.1.e) LIRPF, que exige unos requisitos que aquí no se dan.
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Impuesto sobre sociedades. Deducibilidad de un gasto. Falta de prueba de los requisitos que hacen deducible el gasto que se pretende deducir.
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Un área metropolitana no puede establecer, mediante la ordenanza fiscal reguladora del recargo sobre el IBI, conforme con la habilitación establecida en el artículo 153.1.a) del TRLHL una exención en dicho recargo para determinados sujetos pasivos que se encuentren sujetos y no exentos en el IBI, como lo son los bienes inmuebles rústicos.
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Impuesto sobre Sociedades, ejercicios 2011, 2012 y 2013. Residencia fiscal de las personas jurídicas. Artículo 8.1 TRLIS.La Administración se ha limitado a realizar una función de calificación jurídica "primaria", en cuanto que es presupuesto indispensable para la aplicación de la norma sobre residencia fiscal, consistente en comprobar que no se dan los presupuestos de hecho que permiten sostener que la dirección efectiva esté en España. No hay un debate entre la potestad de calificación prevista en el artículo 13 de la LGT y el conflicto en la aplicación de la norma tributaria previsto en el artículo 15 LGT.
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