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CIRCULAR 15/2024 Servicio de Orientación a la Mediación

Circular 15/2024
Las Palmas de GC, a 29 de julio de 2024

SERVICIO DE ORIENTACIÓN A LA MEDIACION

Estimados/as colegiados/as:

Tal como les informamos en la circular 14/2024, el pasado 17 de julio se presentó el Servicio de Orientación a la Mediación de Icalpa, proyecto que ha despertado el interés entre nuestros colegiados/as, teniendo una gran acogida por aquellos/as que además son mediadores/as. Es por ello por lo que reiteramos se remitan las solicitudes de inscripción acompañadas de todos aquellos documentos que acrediten el cumplimiento de todos los requisitos exigidos.

Por otro lado, intentando aclarar las dudas con respecto al requisito nº 10 planteadas por varios compañeros/as referidas a la acreditación en su caso de formación y experiencia para las secciones 4º y 5º del Registro, ponemos de manifiesto que aquellos profesionales que deseen acceder al listado en las especialidades de derecho laboral (sección 4ª), administrativo/contencioso-administrativo (sección 5ª), deberán cumplir con lo establecido en el artículo 9, apartado 7 del Estatuto del Centro de Mediación del Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas, el cual se adjunta al presente, donde se refiere la necesidad de acreditar experiencia en la materia concreta a la que se pretende acceder como mediador/a.

Por último reiteramos la necesidad de adjuntar la documentación completa y vigente con el fin de dar celeridad a la elaboración del listado, coordinación y puesta en marcha del servicio, si bien desde el propio Colegio se comprobará la condición de ejerciente, encontrarse al corriente de pago de las cuotas colegiales y no tener expediente disciplinario ni sancionador, no siendo necesaria la solicitud de documentación alguna por el interesado/a.

Sin otro particular reciban un cordial saludo.

Fdo.: Rafael Massieu Curbelo

Estatutos Centro Mediación