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Circulares Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas Icalpa

Aclaraciones a los Requisitos de la Entrada en Vigor del Reglamento del Turno de Oficio, Asistencia al Detenido

Las Palmas de Gran Canaria, a 14 de febrero de 2020

ACLARACIONES A LOS REQUISITOS DE LA ENTRADA EN VIGOR DEL REGLAMENTO DEL TURNO DE OFICIO, ASISTENCIA AL DETENIDO 
    

Estimados/as compañeros/as.:
Para conocimiento de todos ustedes en relación a dudas generadas con la circular nº5/2020 les aclaramos los siguientes puntos:

- En relación a la petición del informe de la Seguridad Social, es solicitado para acreditar el Artículo 6º.- Condiciones Económicas, Disponibilidad e Incompatibilidades del Reglamento de que no se trabaja por cuenta ajena. Los colegiados/as que ejerzan la abogacía en régimen de contrato de cuenta ajena y régimen especial de colaboración en despachos profesionales dedicados al ejercicio de la profesión, se les exigirá en el contrato plena disponibilidad para el ejercicio de la Defensa y Atención del administrado, lo que deberá acreditarse en el momento de solicitud del Alta por lo que no es necesario que nos aporten certificados de estar de alta en la Mutualidad. 

  • En el caso de que al entrar en la sede electrónica de la Seguridad Social al pedir el informe, nos solicite disponer de un email o número de móvil, debemos rellenar alguno de dichos datos para poder descargarlo desde el siguiente link:

https://sede-tu.seg-social.gob.es/

 

Imagen Seg Social Acceso Certificado Digital
  • En el caso de que el “Informe de alta laboral a fecha concreta” sea positivo, nos deberán enviar el “Informe de situación actual del trabajador” 

https://sede.seg-social.gob.es/wps/portal/sede/sede/Ciudadanos/

- En relación al formulario

  • Si se envía por página web, el mismo debe de estar firmado con el certificado ACA o equivalente y con marca visible de firma. Si se presenta presencialmente el mismo debe de estar firmado de puño y letra del colegiado/a que solicita el alta.
  • Rellenar todos los campos.
  • En el caso de presentar todos los documentos unidos en un sólo archivo PDF, firmar electrónicamente después de realizar dicha unión. 

- En relación al plazo de presentación,

  • El plazo para regularizar el alta en el Turno vence el 7 de mayo, por lo que las guardias asignadas hasta dicha fecha, incluidas las que se generen de abril y mayo, así como las designaciones, se mantendrán como hasta la entrada en vigor del nuevo Reglamento, estando obligado el letrado/a de terminar los procedimientos.

  
Fdo.: Rafael Massieu Curbelo
Decano
 

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