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Circulares Ilustre Colegio de Abogados de Las Palmas Icalpa

66/2020 Resolución por la que se Dictan las Instrucciones en Relación al Turno Especial de Extranjería

Circular nº 66/2020

Las Palmas de Gran Canaria, a 26 de octubre de 2020

 

RESOLUCIÓN DICTADA POR LA DIRECTORA GENERAL DE RELACIONES CON LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA, POR LA QUE SE DICTAN LAS INSTRUCCIONES EN RELACIÓN AL TURNO ESPECIAL DE EXTRANJERÍA

Estimados compañeros y compañeras:

Después de unas incesantes negociones llevadas a cabo por esta Junta de Gobierno para que se hiciera una interpretación adecuada a las circunstancias actuales en la aplicación del apartado VIII de la Orden de 17 de mayo de 2019 en relación al Turno Especial de Extranjería, con fecha 21 de octubre de 2020, se nos ha comunicado por la Dirección General de Relaciones con la Administración de Justicia la Resolución dictada por la Directora General de Relaciones con la Administración de Justicia, por la que se dictan las instrucciones en relación al Turno Especial de Extranjería contenido en la Orden del 17 de mayo de 2019, por la que se aprueban los módulos y bases de compensación económica de los servicios de asistencia jurídica gratuita de los profesionales de la Abogacía y Procuraduría.

A la entrada en vigor de la Orden de 17 de Mayo de 2019 el importe máximo establecido por la Dirección General para abonar al Colegio por la entrada irregular de personas era de 942 euros/día.

Por ello nos vimos obligados a designar un máximo de tres letrados por día, con objeto de que el importe que pudieran percibir por dicha guardia fuera de 314 euros, con independencia del número de personas asistidas.

Según la entrada de migrantes, ha venido a ser entre 11 a 15 personas, llegando en alguna ocasión hasta 20, todo ello debido a la emergencia humanitaria que está viviendo Canarias por la entrada de migrantes.

Esta situación era totalmente insostenible, por lo que después muchas negociaciones al respecto, hemos conseguido paliar esta situación tan gravosa para nuestros colegiados/as y proporcionar una mejor asistencia a las personas migrantes, mediante la resolución mencionada, en la que se establecen los criterios a seguir en la aplicación del módulo referido a turno especial de extranjería contenido en el apartado VIII de la Orden del 17 de mayo de 2019.

Se establece nuevos tramos según el número de personas que se tengan que asistir, suprimiendo el máximo económico diario y permitiendo con ello que se designen todos los letrados que sean necesarios, dentro de unos determinados límites, sin que el importe máximo a percibir por un letrado/a sea de 942 euros, siempre y cuando haya asistido, al menos, a 13 personas.

Al establecerse en la instrucción cuarta que la resolución surtirá efectos a partir de la certificación correspondiente al tercer trimestre de 2020, se regularizará dicha certificación, atendiendo al número de personas asistidas, con el límite citado de 942 euros.

Esta situación de regularización excepcional solo se realizará para el tercer trimestre del 2020.

¿Cómo queda regulado el turno de especial de extranjería a partir de la fecha de esta resolución?

Para garantizar el derecho a la tutela judicial efectiva de las personas migrantes y aplicando la tabla establecida en la instrucción donde se establece los importe diarios por el número de personas asistidas, se establece como criterio que el Colegio designará un número de 6 ó 7 migrantes por letrado, con una remuneración de 314 euros por guardia, salvo casos de excepción, si no hubiesen suficientes letrados para cubrir las asistencias, no siendo probable que ocurra por tener suficientes letrados adscritos al servicio.

Seguidamente establecemos el desglose para una mayor explicación:

Nº de personas asistidas por día Importe diario por colegio
De 1 a 6 personas 314 €
De 7 a 12 personas 628 €
De 13 a 21 personas 942 €
De 22 a 27 personas 1.256 €
De 28 a 33 personas 1.570 €
De 34 a 42 personas 1.884 €
De 43 a 48 personas 2.198 €
De 49 a 54 personas 2.512 €
De 55 a 63 personas 2.826 €
De 64 a 69 personas 3.140 €
De 70 a 75 personas 3.454 €
De 76 a 84 personas 3.768 €
De 85 a 90 personas 4.082 €
De 91 a 96 personas 4.396 €
De 97 a 105 personas 4.710 €

Como ejemplo ilustrativo, si la entrada de personas diarias en un día fuera de 62 personas, se percibirá la cantidad de 2.826 euros, procediendo el Colegio al nombramiento de 9 letrados, a los cuales se les designaría un número de 7 migrantes cada uno, excepto el último en designar que se le asignarán 6, y el importe a percibir por la guardia sería de 314 euros para cada uno de los letrados.

Ante cualquier duda o aclaración al respecto, y dada la situación de restricción del número de personas en nuestra sede colegial, pueden enviar sus consultas a extranjeria@icalpa.com.

Sin otro particular les saluda cordialmente,

Fdo.: Rafael Massieu Curbelo

Decano

 

Resolución